Bases Sorteo Nacional: "Dos Furgonetas 2023"


Mediante las bases que a continuación se relacionan, se establecen las normas reguladoras por las que se rige el sorteo de dos (2) furgonetas Mercedes-Benz entre los participantes (en adelante, el Sorteo). Las condiciones y bases del Sorteo son única y exclusivamente las que a continuación se detallan.

Artículo 1.–Organizador El Sorteo es organizado por BRICOLAJE BRICOMAN,S.L.U, (en adelante, “el Organizador o Obramat ), con N.I.F. B-84406289, con domicilio, a estos efectos, en calle Margarita Salas, nº6, edificio Obramat C.P. 28919 de Leganés (Madrid) e inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, al Tomo: 21.744, Libro: 0, Folio: 21, Sección: 8, Hoja: M-387251, Inscripción 1ª.

Artículo 2.–Condiciones de participación en el Sorteo
La participación en el Sorteo tendrá una vigencia desde las 00:00 horas del 24 de marzo hasta las 23:59 horas del 08 de mayo del 2023, sin posibilidad de prórroga alguna salvo decisión del Organizador, por conveniencia a sus intereses, que será debidamente anunciada en el sitio web del Sorteo. La inscripción en el Sorteo supone la aceptación incondicional de lo dispuesto en las presentes bases, que cualquier participante podrá consultar en el sitio web del Sorteo (https://www.obramat.es/sorteo-nacional), antes y después de su inscripción. En caso de no aceptar las presentes bases absténgase de participar en el Sorteo.
La participación en el Sorteo queda condicionada al cumplimiento de cada una de las siguientes condiciones:
A estos efectos, únicamente, podrán participar sociedades mercantiles y profesionales autónomos (mayores de 18 años), con o sin empleados a su cargo, datos de alta en el Grupo F de la CNAE o Agrupación 50 de los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas (IAE), que posean alta ininterrumpida de actividad en la provincia del almacén donde realiza la compra, al menos, con tres meses de antelación a la fecha de inicio de participación en el Sorteo y que lo estén, igualmente, en el momento de adjudicación del premio.
Registrarse como cliente de Obramat antes del vencimiento del Sorteo accediendo aquí.
Realizar compras en cualquiera de los almacenes que OBRAMAT explota en territorio nacional, mediante factura completa y por un importe mínimo de 200€ en cada una de ellas que equivaldrá a una participación. Por cada 200€ adicionales de compra dentro de la misma factura completa será considerado como una nueva participación. No será considerada participación aquella cuyo importe provenga de la acumulación o suma de diferentes facturas o no alcance el importe mínimo indicado anteriormente.
Nota: a modo de ejemplo, lo anterior supone que:

  • Una factura de 200€ equivale a una (1) participación
  • Una factura de 350€ equivale a una (1) participación
  • Una factura de 400€ equivale a dos (2) participaciones
  • Una factura de 100€ y otra factura de 100€ no supone participación
Sin perjuicio de la facultad general de comprobación que asiste al Organizador, el ganador del premio deberá acreditar el cumplimiento de la condición primera como requisito indispensable para comprobar el cumplimiento del resto de las condiciones, previa adjudicación, entregando a OBRAMAT el Certificado de Situación en el Censo de Actividades Económicas expedido por la Agencia Tributaria hasta las 23:59 horas del día 22 de mayo de 2023 a la dirección de correo electrónico sorteomercedes@obramat.es una vez que, OBRAMAT le haya notificado mediante SMS o correo electrónico su condición de finalista.
No podrá participar en el Sorteo el personal del Organizador, así como los familiares de estas personas (cónyuges, ascendientes y descendientes directos).
Durante la vigencia del Sorteo se generarán tantas participaciones como número de facturas, así como el importe de las mismas se generen, siempre que se reúnan los requisitos indicados en la condición tercera anterior.
El participante responde de la veracidad de las informaciones y datos personales por él proporcionados, bajo pena de ser excluido del Sorteo por parte del Organizador y, en su caso, de la pérdida de la condición de participante y/o ganador.
Queda rigurosamente prohibido al participante modificar o intentar modificar los mecanismos del Sorteo propuestos, especialmente con el fin de cambiar los resultados o de alterar por un medio automatizado o desleal la validez del Sorteo o la designación del ganador, tales como, sin ánimo exhaustivo ni limitativo, la búsqueda automatizada o el uso de un algoritmo u otros medios distintos de los resultantes del proceso descrito por el Organizador en el sitio web o en las presentes bases. En caso de que el ganador adquiriese esa condición mediando por su parte cualquier tipo de maquinación o fraude, en sentido lato, en el normal desenvolvimiento y resolución del Sorteo, el premio no le será adjudicado y seguirá siendo propiedad del Organizador, sin perjuicio de las eventuales medidas que el Organizador pudieran tomar contra el participante.
El Organizador se reserva el derecho a solicitar de cualquier participante que justifique el cumplimiento de las condiciones anteriormente exigidas. Cualquier persona que no cumpliera estas condiciones o se negará a justificarlas quedará excluida automáticamente del Sorteo y no podrá, en caso de ganarlo, ser beneficiaria del premio.

Artículo 3.–Premios
Los premios del Sorteo son dos (2) furgonetas marca Mercedes-Benz modelo Vito Furgón 114 CDI Larga color blanco. El premio será entregado en cuanto la documentación administrativa necesaria, así como la matriculación del vehículo esté disponible en el concesionario de Mercedes-Benz aplicable.
El premio tendrá carácter personal e intransferible. El premio no será canjeable por su importe en metálico, ni por otro premio, ni susceptible de cambio o alteración, pero sí podrá renunciar a él, en cuyo caso, no existirá compensación alguna por ello.
Al premio entregado le será de aplicación la normativa fiscal vigente en el momento de la entrega del premio. Consecuentemente, OBRAMAT asumirá y practicará el correspondiente ingreso a cuenta sobre la base del premio entregado y conforme a los tipos que resulten vigentes a la fecha de devengo de la operación. El ingreso a cuenta no será repercutido al ganador, siendo asumido por OBRAMAT.
El ganador del premio deberá cumplir con sus obligaciones fiscales resultantes de la entrega del premio. El importe de la ganancia patrimonial que el premiado deberá declarar vendrá determinado por el precio venta público (PVP) del bien que se incorpora a su patrimonio, más el ingreso a cuenta no repercutido. En ningún caso, OBRAMAT será responsable de la incorrecta declaración fiscal que al efecto pueda hacer el ganador del premio.
Asimismo, y en su caso, OBRAMAT remitirá al ganador, de acuerdo con la normativa expuesta, el correspondiente certificado de retenciones e ingresos a cuenta según la normativa vigente en el momento de entrega del premio.
No se admitirá ninguna reclamación o queja en relación con el premio frente al Organizador. El Organizador se reserva el derecho de sustituir el premio por otro de igual o mayor valor, por causas de fuerza mayor o indisponibilidad. El Organizador declina toda responsabilidad por cualquier incidente o daño de cualquier tipo, directo o indirecto, que pudiera surgir debido al disfrute del premio otorgado y/o su uso, hecho que el ganador reconoce expresamente.
La cumplimentación de los datos personales y fiscales del ganador necesarios para la entrega del premio es de carácter obligatorio y legal, de forma que la negativa a justificar cualquiera de ellos supondrá la pérdida del derecho al premio obtenido.
Cualquier garantía respecto de los premios están sujetas a las condiciones establecidas por sus respectivos fabricantes, y los ganadores aceptan que cualquier reclamación respecto de los premios serán efectuadas frente a los mismos y eximiendo de cualquier responsabilidad al Organizador.

Artículo 4.–Celebración y Resultado del Sorteo. Designación de los ganadores de los premios.
El Sorteo se realizará el día 10 de mayo de 2023 entre todos los participantes que hayan cumplido, sin excepción y previa verificación, cada una de las condiciones múltiples contenidas en la condición individualizada (artículo 2). Para determinar el ganador se procederá mediante un cálculo aleatorio que determinará a los ganadores en función de la posición que éste ocupe en la lista de participantes, siendo el número de participaciones de cada cliente proporcional al importe de las compras que, en su caso, haya generado. El Sorteo no tendrá carácter público.
Se designarán dos ganadores y cuarenta (40) suplentes entre el conjunto de participantes durante la vigencia del Sorteo. La celebración y el resultado del acto del Sorteo quedará reflejado en un acta que será firmada por tres representantes del Organizador en su condición de jurado.

Artículo 5.–Anuncio de los resultados - Entrega de los premios
La condición de ganador y suplente será notificada por el Organizador mediante el envío de un SMS o correo electrónico a cada uno de ellos para que, previa a su adjudicación definitiva, remitan la información requerida en el artículo 2. El ganador será informado el día 24 de mayo de 2023 por el Organizador y la entrega se hará conforme a lo indicado en el artículo 3.
Los participantes, en tanto eventuales ganadores y suplentes, autorizan al Organizador con la inscripción y aceptación de estas bases, a publicar sus nombres y su imagen personal en la página web de Obramat y en las publicaciones y actos publicitarios y promocionales que realice (sin ánimo limitativo, folletos, catálogos, cuñas publicitarias en medios de comunicación, etc.), de manera gratuita, indefinida en el tiempo y en el ámbito territorial de implantación del Grupo Adeo, sin perjuicio de lo dispuesto en la información sobre protección de datos personales del sitio web del Sorteo y el ejercicio de los derechos que legalmente le asisten. Asimismo, dicha autorización será igualmente concedida a favor de Mercedes-Benz España, S.A.U.

Artículo 6.–Límite de responsabilidad
El Organizador queda eximido de cualquier responsabilidad si, por causa de fuerza mayor, por acontecimientos ajenos por completo a su voluntad o por causas similares debidamente justificadas, se viera forzada a cancelar, acortar, prorrogar, posponer el presente Sorteo o a modificar sus condiciones, renunciado los participantes por su sola inscripción a exigirle responsabilidades por estos motivos.
El Organizador no es responsable de los errores, omisiones, interrupciones, supresiones, defectos, retrasos de funcionamiento o de transmisión, averías de comunicación, robo, destrucción, acceso no autorizado o modificación de las inscripciones. La participación en el Sorteo implica el conocimiento y la aceptación de las características y de los límites de Internet, especialmente en lo que se refiere al comportamiento técnico, el tiempo de respuesta para consultar, sondear o transferir informaciones, riesgos de interrupción y, en general, los riesgos inherentes a cualquier conexión y transmisión por Internet, la ausencia de protección de ciertos datos contra posibles desviaciones y los riesgos de contaminación por virus que circulen en la red.
Asimismo, el Organizador no podrá considerarse responsable de ningún daño directo o indirecto provocado por una interrupción, funcionamiento defectuoso, suspensión o final del Sorteo u otro motivo, ni tampoco por los daños directos o indirectos resultado, de cualquier forma, de la conexión al terminal o terminales.

Artículo 7.–Protección de datos de carácter personal
De conformidad con lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 del parlamento europeo y del consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD) y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD) se informa de lo siguiente:
Responsable del Tratamiento: BRICOLAJE BRICOMAN, S.L.U., con N.I.F. B-84406289 y con domicilio a estos efectos en Calle Margarita Salas, 6, Edificio Obramat C.P. 28919 de Leganés (Madrid).
Finalidad:
Celebrar y gestionar su participación en el Sorteo y, en caso de que el participante resulte ganador, contactar mediante llamada telefónica, SMS y/o correo electrónico con el fin de comunicarle su condición de ganador y, en ese caso, gestionar la entrega del premio por parte del Organizador y Mercedes-Benz España, S.A.U. El mantenimiento del consentimiento para esta finalidad es indispensable para la válida adjudicación de los premios del Sorteo.
Envío de comunicaciones comerciales
La base legal para el tratamiento de los datos de los participantes es la ejecución del Sorteo, en los términos aceptados por los participantes mediante la aceptación de las presentes bases legales.
Sus datos serán comunicados a Mercedes-Benz España, S.A.U. en caso de que sea ganador del premio, con el fin de gestionar su entrega y la documentación administrativa necesaria y matriculación del vehículo, así como por obligación y/o mandato legal. Adicionalmente, y sólo si el participante lo autoriza, sus datos personales serán comunicados a Mercedes-Benz España, S.A.U. con la finalidad de recibir información comercial por cualquier medio, incluidos los electrónicos, sobre sus productos y servicios que puedan resultar de su interés o ajustarse a sus necesidades. Puede encontrar información adicional sobre el tratamiento de sus datos de carácter personal en www.mercedes-benz.es. Para cumplir con las finalidades del Sorteo es necesario que demos acceso a sus datos personales a proveedores de servicios tecnológicos en su condición de Encargados del Tratamiento con los que Obramat ha suscrito los correspondientes contratos de encargo de tratamiento con el objetivo de garantizar que dichos proveedores tratarán sus datos de conformidad con lo establecido en la legislación vigente.
El ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, oposición y portabilidad se podrá llevar a cabo a través de la dirección de correo electrónico derechos.privacidad@obramat.es o en el domicilio del responsable.
Puede contactar con nuestro Delegado de Protección de Datos en la siguiente dirección: privacidad@obramat.es Puede consultar más información en la política de privacidad de Obramat disponible en su página web.

Artículo 8.–Propiedad industrial e intelectual
Las imágenes utilizadas en el sitio web del Sorteo, los objetos representados, las marcas y denominaciones comerciales mencionadas, los elementos gráficos, informáticos y las bases de datos que conforman o se contienen en el sitio internet del juego son propiedad exclusiva de sus titulares respectivos y no podrán extraerse, reproducirse ni utilizarse sin la autorización escrita de estos últimos bajo pena de acciones civiles y/o penales.

Artículo 9.–Renuncia
La renuncia del premio por el ganador no dará ningún derecho de indemnización o compensación.

Artículo 10.–Litigios
La legislación aplicable a las presentes bases es la española. Las partes, con renuncia expresa al Fuero que les pudiera corresponder, se someten, para cuantas cuestiones se susciten en la interpretación o ejecución de las presentes bases, a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Leganés (Madrid).